Año | Mes | Día | P | Estado | Código Entidad |
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2 0 0 9 | 04 | 07 | D | 0 0 1 0 | 2 0 9 6 |
Fecha de entrada en vigor: 21.01.2009
León a 15 de enero de 2008
Firmado: D. José Ignacio Lagartos Rodríguez
Director General
Los descubiertos en C/Cte, no incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/95, llevarán una comisión de apertura del 4% y los excedidos en cuentas de crédito del 4%, en ambos casos sobre el mayor saldo del concepto en cada periodo de liquidación.
No se podrá aplicar a los descubiertos en cuenta corriente afectados por la ley 7/95, un tipo de interés que dé lugar a una tasa anual equivalente superior a 2,5 veces el interés legal del dinero.
(1) Tipo de interés fijo
Refª. 4019
© Caja España.
Jueves, 29 de julio.