
Una orden on stop o condicionada es una orden de compra o venta de acciones, que no entra de forma inmediata en Bolsa sino que espera a que la cotización del valor alcance unos determinados niveles fijados por usted (precio activación). Cuando se cumple la condición, se enviará a mercado una orden limitada a un precio o por lo mejor según haya especificado usted en el alta de la orden.
Podrá utilizarlas para disminuir los riesgos de su inversión o para aprovechar rebotes técnicos en el precio de las acciones.
Este tipo de órdenes sólo se pueden dar sobre acciones que negocien en el S.I.B.E. (OPEN, NUEVO MERCADO Y LATIBEX). No se pueden dar sobre acciones españolas que negocien en la modalidad de Fixing, acciones españolas que negocien en corros, warrants y acciones internacionales.
La información contenida en este documento no puede entenderse ni tratarse como un asesoramiento personalizado ni recomendación explícita, limitándose su finalidad a una información comercial genérica.
(Artículo 24 de la Directiva 2006/73/CE y 19.2 de la Directiva 2004/39/CE)
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Lunes, 21 de mayo.